Este miércoles en horas de la mañana la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de nulidad que fue introducido por representantes de Radio Caracas Televisión y demás trabajadores de esa planta televisiva, en contra la decisión de la no renovación de la concesión anunciada por el Ministerio de Telecomunicaciones, por considerar que existen méritos suficientes para que se proceda con el juicio que anule dicha decisión.
Además la misma Sala declaró improcedente el amparo cautelar que también fue solicitado por el Canal 2. Quedando claro que se le dará inicio oficial al juicio en contra de la decisión de cierre, puesto que hay méritos suficientes para ello, sin embargo, se mantiene la medida de cierre anunciada por el Gobierno.
Aunque con esta decisión se debería impedir que cierren el canal, esto no se efectuará, aún se mantiene la decisión del cierre el próximo 27 de mayo. No obstante esta Sala admite que hay razones fundadas para afirmar que el cierre decretado por el Gobierno es ilegal.
TSJ RESPONDE A RCTV
El canal de Quinta Crespo al introducir el recurso denunció que se estaban violando los derechos constitucionales del: Derecho a la libertad de pensamiento y expresión, al debido proceso, a la igualdad y no discriminación, el principio de irretroactividad de la Ley, el derecho de propiedad y no confiscación y finalmente el derecho a la libertad económica que tienen todos los trabajadores de Radio Caracas Televisión.
En cuanto a estos alegatos el fallo de la Sala Político-Administrativa decidió:
a) Asumir la competencia para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad.
b) Admitir el recurso.
c) Declarar improcedente la solicitud de amparo cautelar y ordenar pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación para el pronunciamiento de admisión definitiva, una vez examinadas las restantes causales de admisibilidad. Y de ser admitido, la Sala pasará a decidir sobre la solicitud de suspensión de efectos.
RCTV DESCONTENTA
Con respecto a la decisión del Tribunal Supremo de Justicia, el Canal 2 rápidamente se pronunció diciendo que: “Esta decisión es francamente contradictoria puesto que no impide, como debería hacerlo, que cierren a RCTV, afectando a más de 200 periodistas, 3.000 trabajadores y a toda la sociedad venezolana, pero admite, sin embargo, que hay razones fundadas para afirmar que el cierre decretado por el Gobierno es ilegal, dando pie así a que se produzcan daños irreparables a los Derechos Humanos y la libertad de expresión”.
Posteriormente manifiestan que en cuanto a las reiteradas amenazas de voceros del oficialismo, para que el máximo Tribunal falle en contra del canal, “RCTV toma fuerza de esta decisión puesto que lo que hemos sostenido desde el principio ha sido reconocido: Hay pruebas contundentes de que el cierre es ilegal y arbitrario”.
Además la misma Sala declaró improcedente el amparo cautelar que también fue solicitado por el Canal 2. Quedando claro que se le dará inicio oficial al juicio en contra de la decisión de cierre, puesto que hay méritos suficientes para ello, sin embargo, se mantiene la medida de cierre anunciada por el Gobierno.
Aunque con esta decisión se debería impedir que cierren el canal, esto no se efectuará, aún se mantiene la decisión del cierre el próximo 27 de mayo. No obstante esta Sala admite que hay razones fundadas para afirmar que el cierre decretado por el Gobierno es ilegal.
TSJ RESPONDE A RCTV
El canal de Quinta Crespo al introducir el recurso denunció que se estaban violando los derechos constitucionales del: Derecho a la libertad de pensamiento y expresión, al debido proceso, a la igualdad y no discriminación, el principio de irretroactividad de la Ley, el derecho de propiedad y no confiscación y finalmente el derecho a la libertad económica que tienen todos los trabajadores de Radio Caracas Televisión.
En cuanto a estos alegatos el fallo de la Sala Político-Administrativa decidió:
a) Asumir la competencia para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad.
b) Admitir el recurso.
c) Declarar improcedente la solicitud de amparo cautelar y ordenar pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación para el pronunciamiento de admisión definitiva, una vez examinadas las restantes causales de admisibilidad. Y de ser admitido, la Sala pasará a decidir sobre la solicitud de suspensión de efectos.
RCTV DESCONTENTA
Con respecto a la decisión del Tribunal Supremo de Justicia, el Canal 2 rápidamente se pronunció diciendo que: “Esta decisión es francamente contradictoria puesto que no impide, como debería hacerlo, que cierren a RCTV, afectando a más de 200 periodistas, 3.000 trabajadores y a toda la sociedad venezolana, pero admite, sin embargo, que hay razones fundadas para afirmar que el cierre decretado por el Gobierno es ilegal, dando pie así a que se produzcan daños irreparables a los Derechos Humanos y la libertad de expresión”.
Posteriormente manifiestan que en cuanto a las reiteradas amenazas de voceros del oficialismo, para que el máximo Tribunal falle en contra del canal, “RCTV toma fuerza de esta decisión puesto que lo que hemos sostenido desde el principio ha sido reconocido: Hay pruebas contundentes de que el cierre es ilegal y arbitrario”.
rctv
No hay comentarios.:
Publicar un comentario