martes, 17 de julio de 2007

Sala Constitucional declara inadmisible recurso sobre RCTV

La Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Francisco Carrasquero López, declaró inadmisible una solicitud de interpretación de varios artículos constitucionales y de la Ley de Telecomunicaciones sobre el caso RCTV.

El recurso había sido interpuesto el pasado 23 de mayo por Pedro Francisco Aranguren y Ledwin Bohórquez, directivos de la organización política Movimiento de Conciencia de País (MCP).

Los solicitantes pedían a la Sala Constitucional que se determinase cuál de los principios debe prevalecer en el caso planteado, si la libertad de expresión o la no renovación de la concesión.

Argumentó la Sala Constitucional que ciertamente le corresponde la interpretación de la Ley Fundamental, pero no la de los instrumentos legales de menor jerarquía. "Dicho contenido sustancial es de naturaleza administrativa, su conocimiento se encuentra bajo el fuero de la Sala Político-Administrativa de este Alto Tribunal, a tenor de lo dispuesto en el cardinal 52 del artículo 5 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este Máximo Tribunal", indicó.

Señalan que según el Código de Procedimiento Civil, aplicable al presente asunto, debe declararse la inadmisibilidad de las solicitudes presentadas, por tratarse de una inepta acumulación de pretensiones".

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